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Banco de la República-Se modifica la reglamentación en operaciones cambiarias de derivados.

Boletín de Última Hora


26 de Enero de 2023



Banco de la República


La Junta Directiva del Banco de la República modifica la reglamentación en operaciones cambiarias de derivados y actualiza algunos de sus formatos.


En fecha reciente el Banco de la República modificó las Circulares Reglamentarias Externa DOAM - 143, DOAM - 144 y DOAM - 148, en lo concerniente a algunos asuntos de interés para las operaciones de cambio reguladas en la Resolución Externa 01 de 2018 y la Circular Reglamentaria DCIP – 83 del Banco de la República. Entre los principales cambios se encuentran:


A. Nueva reglamentación para las operaciones cambiarias de derivados:


La Junta Directiva del Banco de la República reemplazó en su totalidad la Circular Reglamentaria DOAM – 144, la cual en su Asunto 6 regula las operaciones cambiarias propias del mercado de derivados. En esta medida, la nueva normatividad reglamenta la sección V de la Resolución Externa No. 1 de 2018 y ajusta la definición de agentes del exterior autorizados para las operaciones de derivados de crédito; de igual modo, la norma establece los requisitos y actualiza algunas instrucciones relacionadas con el suministro de información y los reportes que se deben efectuar ante el Banco de la República en este tipo de transacciones. Esta Circular empezará a regir a partir de 1 de febrero de 2023.


Circular reglamentaria DOAM – 144 del Banco de la República.

bjd_06_2023
.pdf
Download PDF • 5.92MB


B. Cambios frente al reporte de contingencias en operaciones de derivados y actualización de algunos formatos en operaciones propias del Banco de la República.


El asunto 5 de la Circular Reglamentaria DOAM 143, cuyo objetivo es regular la intervención del Banco de la República en el Mercado Cambiario, fue modificado, y en esta medida las contingencias que se presenten al momento de realizar ofertas para la negociación o subasta de las opciones put o call, propias del mercado de derivados, deberán ser reportadas diligenciando el formulario disponible en la sección “Contingencia para la presentación de ofertas” que se encuentra en la página web del Banco de la República.


De igual modo, el Asunto 10 de la Circular Reglamentaria DOAM – 148 actualiza el vínculo de la pagina web del Banco de la república para reportar situaciones de contingencia, en los procedimientos de las operaciones para regular la liquidez de la economía. En los dos eventos anteriores, la notificación de las contingencias se debe realizar a través del siguiente link:

www.banrep.gov.co/es/subastas-banrep.



En línea con lo anterior, el Banco de la República actualizó los siguientes formatos:


• Formatos de contingencia No. 1 y 5 para la Presentación de ofertas en Operaciones Cambiarias - FORWARDS NDF, FX SWAP Y OPCIONES y Ventanilla FX SWAP.


• Formato 1 Operaciones de expansión y contracción transitoria.


• Formato 2: Operaciones de expansión y contracción definitiva mediante compra-venta de deuda pública por parte del Banco de la República.


• Formato 4: Operaciones de expansión definitiva mediante compra de deuda privada por parte del Banco de la República.


• Formato 8: Operaciones definitivas mediante contratos Non Delivery Forward de compra de TES Clase B.


• Formato 6: Para la presentación de las cotizaciones del IBR al Banco de la República.


Circular Reglamentaria DOAM – 143 del Banco de la República.

bjd_02_2023
.pdf
Download PDF • 1.32MB

Circular Reglamentaria DOAM – 148 del Banco de la República.

bjd_03_2023
.pdf
Download PDF • 1.22MB

Circular Reglamentaria DOAM – 305 del Banco de la República.

bjd_04_2023
.pdf
Download PDF • 627KB


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