Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Se modifica la reglamentación del sistema de facturación en Colombia.
El pasado 1 de noviembre, la DIAN publicó la Resolución No. 165 de 2023 la cual deroga la Resolución 040 de 2020 y, de este modo, modifica la normatividad que reglamenta el sistema de facturación en Colombia, esto es, la factura electrónica, la factura de talonario de papel y los documentos equivalentes. Adicionalmente, la nueva reglamentación adopta la versión 1.9 del Anexo Técnico de factura electrónica de venta y expide la primera versión del anexo técnico para el documento equivalente electrónico.
Una de las principales novedades que incorpora la nueva disposición normativa es la implementación, efectiva y definitiva, del documento equivalente electrónico. En este contexto, la Resolución regula el calendario para dicho propósito, la determinación de los requisitos que debe detentar el nuevo documento soporte, sus notas de ajuste y demás características para su funcionamiento.
En esta medida, se aclara que los obligados a facturar podrán seguir haciendo uso de la totalidad de los documentos equivalentes regulados en el Decreto 1625 de 2016, sin embargo, a partir del mes de febrero de 2024 los diferentes contribuyentes deberán empezar a implementar el documento equivalente electrónico tiquete de máquina registradora con sistema P.O.S, así:
Grandes contribuyentes a partir del 3 de febrero de 2024;
Declarantes del impuesto sobre la renta que no tengan la calidad de grandes contribuyentes, a partir del 1 de marzo de 2024;
No declarante de renta y sujetos que no tengan alguna de las calidades antes mencionadas, a partir del 1 de abril de 2024.
Respecto de los demás documentos equivalentes, cada uno de ellos empezará a implementarse de forma electrónica, a partir del 1 de mayo de 2024, fecha que variará dependiendo del documento equivalente utilizado por el obligado a facturar (Ver artículo 23 de la Resolución 165 de 2024).
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