Boletín de Última Hora
17 de noviembre de 2022

Consejo de Estado
1. El Consejo de Estado declara la nulidad en el parágrafo 2 del artículo 1.6.1.6.3 del Decreto 1625 de 2016
La Sección Cuarta del Consejo de Estado, declaró la nulidad en el parágrafo 2 artículo 1.6.1.6.3 del Decreto 1625 de 2016 determinaba que las declaraciones del impuesto sobre las ventas que se hubieran presentado en periodos diferentes a los establecidos por la ley no tenían efecto legal alguno, debido a que el parágrafo demandado excedía el alcance del artículo 600 del Estatuto Tributario, además que compromete el derecho fundamental al debido proceso porque nadie puede ser sancionado sino conforme a las leyes preexistentes al acto que se imputa, ya que este es un asunto de reserva legal que no puede ser regulado por la Administración, porque es competencia exclusiva del Legislador establecer la descripción de las conductas sancionables, así como la manera de castigar las infracciones.
(Sentencia 25406, 3 de noviembre de 2022)