Consejo de Estado
1. Se modifica posición sobre la deducibilidad de las indemnizaciones a clientes en el marco de un contrato de transporte: El Consejo de Estado concluyó que estas expensas si podrán deducirse.
Con la participación del equipo de litigios de RIS, recientemente se obtuvo un pronunciamiento favorable, por parte de la Sección Cuarta del Consejo de Estado, en el dicha entidad reconsideró su posición en cuando a la deducción de las indemnizaciones pagadas a clientes en contratos de transporte de carga.
Efectivamente, en este nuevo pronunciamiento se acepta la deducibilidad de las indemnizaciones pagadas a los clientes (por daños, averías, hurtos, pérdidas, etc.) en mercancías transportadas, siempre que se acrediten los requisitos generales para deducir de la base gravable del impuesto sobre la renta dichas expensas.
(Consejo de Estado, Sentencia Exp. 25152 de 2021)
Ministerio de Hacienda
2. Se publica el nuevo proyecto de decreto con la reglamentación aplicable al nuevo impuesto de normalización tributaria.
En este documento, el cual se publica para comentarios, se reiteran, entre otros, las reglas aplicables a: i) la determinación de la base gravable del impuesto, ii) las reglas de repatriación de activos; y iii) el plazo de pago del anticipo del 50% del impuesto el cual se pagaría desde el 16 al 22 de noviembre de 2021.
(Proyecto del Decreto)