
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
La DIAN establece el procedimiento de cálculo matemático para determinar a los beneficiarios finales indirectos.
Recientemente, la DIAN emitió un Concepto en donde aclara el procedimiento de cálculo matemático al cual deben acudir los obligados a presentar el Registro Único de Beneficiarios Finales para determinar a los beneficiarios, en aquellos eventos en donde existe titularidad indirecta a través de diferentes niveles societarios, tal como fue indicado en el Oficio 114 de enero 11 de 2023.
En este contexto, la DIAN establece una ecuación especial para determinar a los beneficiarios finales, en los términos de los numerales 1 y 2 del artículo 6 de la Resolución 164 de 2021 de la siguiente manera:

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Cuarta adición al Concepto General relacionado con el impuesto sobre la renta a cargo de personas jurídicas con ocasión a la Ley 2277 de 2022
En fecha reciente, la DIAN realizó una adición al Concepto General 6363 del 29 de mayo de 2023, y en esta medida la Autoridad Administrativa aclaró que a partir del 1° de marzo de 2023, inicia la vigencia de las tarifas de autorretención y retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta y complementarios, aplicables sobre el valor bruto del pago o abono en cuenta por concepto de divisas provenientes del exterior por exportación de hidrocarburos, carbón y demás productos mineros según estas han sido reguladas en el Decreto 261 del 2023,
Lo anterior, no aplica a los ingresos originados en exportaciones de oro que efectúen las sociedades de comercialización internacional, siempre y cuando los ingresos correspondan a oro exportado respecto del cual la sociedad de comercialización internacional haya efectuado retención en la fuente a título de impuesto sobre la renta y complementarios a sus proveedores.
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Compilación de la Doctrina Oficial sobre el registro único de beneficiarios finales –RUB-
Recientemente, la DIAN ha publicado el concepto unificado con su posición doctrinaria frente a diferentes aspectos del Registro Único de Beneficiarios Finales. En razón a distintas inquietudes de la ciudadanía frente al RUB, la DIAN abordó cinco (5) ámbitos principales, a saber: (i) los obligados a suministrar información en el RUB, (ii) determinación del beneficiario real, (iii) debida diligencia, (iv) el régimen sancionatorio, y (v) el acceso a la información.
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