MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
DECRETO N° 1765 DE 2017
OBLIGACIÓN DE UTILIZAR PLANILLA ELECTRÓNICA
El Decreto N° 1765 de 2017, estableció las fechas límites para que los aportantes y los pagadores de pensiones cuyo número de cotizantes se encuentren en la siguiente tabla, autoliquiden y paguen sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA, mediante la modalidad de planilla electrónica. Dichas fechas son las siguientes:

Los cotizantes independientes deberán autoliquidar y pagar sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes –PILA mediante la modalidad de planilla electrónica, a partir de las siguientes fechas:

Sin perjuicio de lo anterior, los cotizantes independientes con ingreso base de cotización menor a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes y aquellos cuyo ingreso base de cotización sea igual a 2 e inferior a 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes, residentes en municipios de categorías 5 y 6 podrán utilizar cualquier modalidad de la planilla, bien sea electrónica o asistida.
Para más información consulte el siguiente link:
https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/DE/DIJ/decreto-1765-de-2017.pdf
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
TRATAMIENTO FISCAL DE LAS CESANTIAS CONSIGNADAS EN FEBRERO 2018
DECRETO 2250 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2017
En virtud del artículo 1.2.1.20.7 del Decreto 2250 del 29 de diciembre del 2017, a partir del año gravable 2017, los auxilios de cesantías y los intereses sobre cesantías se entenderán realizadas tanto en el momento del pago del empleador directo al trabajador como en el momento de consignación al fondo de cesantías.
Así, las cosas se deroga el supuesto en virtud del se entienden causadas las cesantías cuando son recibidas efectivamente por el trabajador.
Pará más información consulte el siguiente link:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
EXONERACIÓN DE APORTES PARAFISCALES
DECRETO 2150 DEL 20 DE DICIEMBRE DE 2017
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN, mediante Concepto N° 000031 del 24 de enero de 2018, reitera el supuesto establecido por el artículo 1.2.1.5.4.9 del Decreto 2150 de 2017 en virtud del cual la exoneración de aportes parafiscales no resulta aplicable a las Entidades Sin Ánimo de Lucro originadas en la propiedad horizontal que destinen sus bienes o áreas comunes para la explotación comercial o industrial.
Pará más información consulte el siguiente link:
DIAN
CONTRIBUYENTES QUE DEBEN FACTURAR ELECTRÓNICAMENTE
RESOLUCIÓN N° 000010 DE 2018
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN– por medio de la Resolución Número 000010 del 06 de febrero de 2018, estableció que los contribuyentes, responsables y agentes de retención, calificados como Grandes Contribuyentes en la Resolución 0076 de 2016, exceptuando los que fueron excluidos, deberán cumplir con la obligación de expedir factura electrónica en los términos del Decreto 2242 del 24 de noviembre de 2015, compilado en el Decreto 1625 de 2016.
La Resolución 00010 de 2018 rige a partir del 1° de junio de 2018, a partir de esa fecha los Grandes Contribuyentes dispondrán de un plazo adicional de 3 meses para que la DIAN haga exigible la facturación electrónica.
Para más información consulte el siguiente link:
https://cijuf.org.co/normatividad/resolucion/2018/resolucion-10.html
DIAN
VENCIMIENTOS PRESENTACIÓN INFORMACIÓN EXÓGENA CAMBIARIA
RESOLUCIÓN N° 9147 DE 2006
De acuerdo con el artículo 4 de la Resolución 9147 del 2006 proferida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), los titulares de las cuentas de compensación deberán presentar trimestralmente la información requerida dentro del mes siguiente al trimestre en que se canalizaron, modificaron o presentaron las operaciones de cambio, según el último dígito del NIT del obligado a presentar la información de la siguiente manera:

Ahora bien, en virtud del artículo 70 del Código Civil se entiende que en los plazos de días hábiles que se señalen en las leyes y actos oficiales – como en la presente resolución- son suprimidos los días feriados y de vacantes.
Para más información consulte el siguiente link:
http://www.dian.gov.co/dian/13normatividad.nsf/pages/resolucion%2009147%20-%202006?opendocument
DIAN
NUEVOS FORMULARIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN EL AÑO 2018
RESOLUCIÓN NÚMERO 000002 DEL 15 DE ENERO DE 2018.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN– por medio de la Resolución Número 000002 del 15 de enero de 2018 prescribió y habilitó nuevos formularios para el cumplimiento de las siguientes obligaciones tributarias a cargo de los contribuyentes y responsable para el año 2018:
(i) Declaración Informativa de Precios de Transferencia, (ii) Declaración Anual de Activos en el Exterior, (iii) Certificado de Ingresos y Retenciones por Rentas de Trabajo y de Pensiones – Año Gravable 2017, (iv) Declaración del Monotributo, (v) Declaración del Impuesto sobre las Ventas, (vi) Declaración del Impuesto Nacional al Consumo, (vii) Declaración de Retención en la Fuente, (viii) Formulario para Liquidar y Consignar el Aporte Especial de las Notarías para la Administración de Justicia, (ix) Declaración Semanal Gravamen a los Movimientos Financieros, (x) Declaración Impuesto Nacional a la Gasolina y ACPM, (xi) Declaración del Impuesto Nacional al Carbono, (xii) Declaración del Impuesto a la Riqueza y (xiii) Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales.
Para conocer los nuevos formularios consulte el siguiente link:
https://cijuf.org.co/normatividad/resolucion/2018/resolucion-2.html
DIAN
ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN PARA COMPAÑIAS DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO ESPECIAL
COMUNICADO OFICIAL DIAN
Las Entidades Sin Ánimo de Lucro –ESAL-, que hayan sido constituidas durante el año 2017 y hayan cumplido con su obligación de actualizar el RUT con la responsabilidad Régimen Tributario Especial del Impuesto Sobre la Renta y Complementario “04”, deberán presentar y radicar la información necesaria a través del aplicativo disponible en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –DIAN- a más tardar el 30 de abril, para efectos de continuar en el régimen en el año gravable 2018.
Para más información consulte el siguiente link:
http://www.dian.gov.co/descargas/EscritosComunicados/2018/030_Comunicado_de_prensa_30012018.pdf
DIAN
LIQUIDACIÓN DEL FORMULARIO 440 EN RELACIÓN CON EL IMPUESTO A LA RIQUEZA PARA EL AÑO GRAVABLE 2018
RESOLUCIÓN 000002 DEL 15 DE ENERO DE 2018
La DIAN emitió el Formulario N° 440 para hacer efectiva la Declaración del Impuesto a la Riqueza correspondiente al año gravable 2018.
Dicha declaración debe realizarse por parte de las personas naturales o sucesiones ilíquidas que en enero 1 de 2015 poseían patrimonios líquidos declarables al gobierno colombiano por valores iguales o superiores a los $1.000.000.000 siempre que no hayan perdido su calidad de contribuyentes de dicho impuesto antes de enero 1 de 2018.
Para más información consulte el siguiente link:
https://cijuf.org.co/normatividad/resolucion/2018/resolucion-2.html
DIAN
CONTRIBUYENTES OBLIGADOS A FACTURAR ELECTRÓNICAMENTE
RESOLUCIÓN 000072 DE DICIEMBRE DE 2017
Mediante la Resolución N° 000072 fueron seleccionados para cumplir con la obligación de expedir factura electrónica, todos los contribuyentes que al 29 de diciembre de 2017 y durante los cinco anteriores hubiesen solicitado rangos de numeración para la factura electrónica establecida en el Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016. En este sentido se tendrá hasta el 29 de marzo del 2018 para cumplir con dicha obligación.
Ahora bien, los contribuyentes seleccionados que hayan expedido mensualmente una cantidad de facturas de venta y/o documentos equivalentes o superiores a tres millones (3.000.000) entre primero de enero de 2017 y el 31 de octubre de 2017 contarán con un término adicional de tres meses para iniciar la fecha de facturación electrónica, de manera que tendrían hasta el 29 de Junio de 2018.
Para más información consulte el siguiente link:
http://www.dian.gov.co/descargas/normatividad/2017/Resoluciones/Resolucion_000072_29_Dic_2017.pdf
DIAN
PROVEEDORES TECNOLÓGICOS AUTORIZADOS POR LA DIAN PARA PRESTAR SERVICIOS DE FACTURA ELECTRONICA
COMUNICADO DE PRENSA
Aquellos contribuyentes obligados a acogerse al sistema de facturación electrónica a partir del 29 de marzo del presente año de acuerdo con lo establecido en la Resolución 000072 de diciembre 29 de 2017, deberán efectuar el procedimiento de instalación con alguno de los proveedores autorizados para la prestación de dicho servicio.
Pará conocer el listado de proveedores haga clic en el siguiente link:
http://www.dian.gov.co/micrositios/factura-electronica/proveedores.html
CONSEJO DE ESTADO
OBLIGACIÓN DE RESPUESTA A RECURSO DE RECONSIDERACIÓN
SENTENCIA N° 17001233300020130021801 (21072) DE 2017.
El Consejo de Estado en su jurisprudencia reciente ha manifestado que la Administración debe proferir respuesta al recurso de reconsideración en un año contado a partir de su interposición en debida forma y para ello es necesario que se surta la notificación y que la misma produzca efectos jurídicos.
De esta manera la expresión “resolver” establecida en el artículo 732 del Estatuto Tributario equivale a “notificada legalmente”.
Para más información consulte el siguiente link:
http://181.57.206.10/SENTPROC/F17001233300020130021801sentenciascuarta20171215121904.doc